dissabte, 8 de novembre del 2014

Opacitats detectades (XXXIX): Llei de transparència, Consell de Transparència i Bon Govern, austeritat


El Gobierno admite que la ley de transparencia no servirá para conocer los gastos opacos de los parlamentarios

  • "Nosotros, poder ejecutivo. Y esto es el legislativo se rige por sus reglamentos", ha explicado la número dos del Gobierno en referencia a las normativas internas del Congreso y del Senado, que no piden la justificación de los desplazamientos de sus parlamentarios sino que abonan los billetes porque se da por hecho que corresponden a sus tareas como diputados o senadores.
[Com si les lleis no les aprovés el legislatiu i el partit del govern no tingués majoria absoluta... Sense comentaris...]

Lo que será y lo que podría haber sido el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno

  • El Real Decreto nos aporta más detalles sobre el nuevo organismo pero también deja dudas y omite elementos importantes para el buen funcionamiento del mismo.
  • Entre los detalles positivos que aporta esta norma encontramos:
    1. Que se dota al Consejo de la transparencia de autonomía presupuestaria para asegurar una mayor independencia a la hora de repartir y gestionar sus recursos. Según el BOE nuestro de cada día, los Presupuestos Generales del Estado para 2015 cuentan con un presupuesto de casi 1,9 millones destinado a “evaluación de la transparencia de la actividad pública”.
    2. Que se redactará un informe anual que informará al Congreso de los Diputados sobre el cumplimiento de la ley de transparencia.
  • Entre las cuestiones que harán más débiles a este organismo encontramos.
    1. Un ámbito de aplicación limitado: Aunque esto no es nuevo, es importante destacar que el Consejo de la Transparencia solo conocerá los casos que afecten a la Administración General del Estado. Cada Comunidad Autónoma podrá crear su sistema de recurso y cada organismo constitucional deberá crear el suyo propio. Esto puede provocar una situación de desconcierto para el ciudadano y diferencias en la interpretación de la ley de transparencia.
    2. Llega tarde: Según la propia Ley de Transparencia este Real Decreto debería haberse aprobado en marzo, el Gobierno defendió ante las preguntas de Europa Press que se trataba de u retraso deliberado, obviando que, al igual que lo hizo en otros países, este organismo podría haber tenido un rol muy relevante en la preparación para la entrada en vigor y para la implementación de la Ley de Transparencia.
    3. Falta de independencia del Presidente del Consejo: A pesar de establecer en el articulado que el Consejo actuará de manera independiente, no se establecen los requisitos necesarios para que así sea. Un requisito esencial es que se impida a aquellos que tienen fuertes vinculaciones políticas ser presidente; son muchas las instituciones españolas cuyos dirigentes están altamente politizados.
    4. El proceso de nombramiento del presidente no es ni abierto ni participativo: El presidente será propuesto por el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, el candidato propuesto deberá comparecer ante la comisión competente del Congreso de los Diputados que, por acuerdo adoptado por mayoría absoluta, deberá refrendar la propuesta de nombramiento. Se podría haber optado por un sistema más participativo que permitiera elegir entre varios candidatos e incluir a la sociedad civil en el proceso de selección.
    5. Dudas sobre los recursos que se destinarán para conocer las reclamaciones: La ley no menciona en ningún momento que se dotará al Consejo de los recursos humanos necesarios para conocer las reclamaciones que se planteen. Esto es muy importante porque la Ley de Transparencia reconoce un doble silencio administrativo negativo con lo que de no tener recursos suficientes, muchas denegaciones de información pueden acabar sin una debida motivación de por qué no su publica la información.
    6. El Consejo de la Transparencia no puede revisar la información que se deniega ni obligar a desclasificar información. En España el Consejo no podrá revisar los documentos que se denieguen para comprobar si deben ser publicados o denegados. ampoco puede decidir sobre la desclasificación de información, un gran problema en España donde es el Consejo de Ministros el único organismo con potestad para hacerlo. Access Info Europe planteó hace unos meses una serie de recomendaciones que no se han incorporado en la presente normativa pero sigue haciendo un llamamiento para que al menos en la práctica se abra el proceso de nombramiento del presidente del Consejo a la participación de la sociedad civil.
Més sobre el tema:
  • El decreto del Consejo de Transparencia llega al BOE con ocho meses de retraso
    • Además del presidente, el organismo contará con dos subdirecciones generales (una de ellas centrada en atender las reclamaciones y otra en vigilar que se cumplan las obligaciones de publicidad activa), que estarán lideradas por dos funcionarios de carrera. Y con la Comisión de Transparencia, un organismo que se reunirá, al menos, una vez al mes, y que tiene mucho menos peso en sus funciones que el del presidente.
    • Los miembros de esta comisión serán nombrados por el Gobierno y a ellos no se les exige, como al presidente, “reconocido prestigio y experiencia profesional”.
    • El decreto no cumple con los estándares internacionales para garantizar su independencia y eficacia (miembros profesionales, prohibición de vínculos políticos, poder suficiente para asegurar el derecho de los ciudadanos frente a las administraciones…), que detalló Access Info Europe. Así, su funcionamiento se aleja de las buenas prácticas registradas en organismos análogos de países como Escocia, Chile o Reino Unido.
    • A casi un mes de la entrada en vigor de la Ley de Transparencia, el Gobierno tiene deberes pendientes: nombrar al presidente del Consejo y publicar el reglamento de la norma, un documento clave si tenemos que cuenta que algunas de las excepciones al derecho de acceso a la información (defensa de intereses económicos, el “secreto requerido en procesos de toma de decisión”) son poco concretas y, por lo tanto, fomentan una aplicación arbitraria del derecho de acceso a la información pública.

  • El Consejo de la Transparencia
    • Veo la iniciativa como uno de los espectáculos de Halloween que nos ofrece el gobierno: nos saca un cadáver – el presidente del organismo será sugerido por el ministerio de Hacienda-, al principio del finde de las fiestas necrológicas que se pusieron de moda en USA.
    • Es como si nos anunciaran que van a entregar las gallinas a los zorros
    • Nadie, en su sano juicio, puede creer que la persona que designe el próximo diciembre, el señor Montoro, sea el garante de la transparencia o el defensor de los Derechos Ciudadanos.
  • ¿Resulta transparente y gobernable el nuevo Consejo de Transparencia y Buen Gobierno?

Transparencia y austeridad

  • Ni contabilidades b, ni sedes embargadas. Los partidos no pueden ser los despachos del contubernio político y financiero. No hay independencia si se tienen cuentas pendientes con los bancos o se negocia la próxima puerta giratoria. Es imprescindible una regeneración ética a partir de la transparencia y la austeridad en la financiación, la prohibición o el control estricto de los créditos, la obligatoriedad de una demora para saltar de altos cargos públicos a privados, y luz y taquígrafos sobre las fundaciones.
  • Cicerón ya advertía de que hasta el monarca más noble puede degenerar en déspota. Se trata de ponérselo difícil endureciendo las penas por corrupción y fraude fiscal. Y, ya puestos, que devuelvan lo robado.

“Las cunetas siguen llenas de cadáveres, los niños robados no aparecen y la Iglesia católica continúa con los mismos privilegios”

  • 40 años sin memoria militar. Entrevista con el capitán Domínguez, miembro de la UMD

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